La obtención de la nacionalidad española por residencia implica, como regla general, la superación de dos pruebas organizadas por el Instituto Cervantes: el examen CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) y el DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera). Sin embargo, determinadas personas pueden solicitar una dispensa de estas pruebas, ya sea total o parcial, cuando concurren ciertas circunstancias.
En este artículo vamos a explicarte en qué consiste la dispensa, quiénes pueden beneficiarse de ella, cómo debe solicitarse y qué consecuencias tiene en el procedimiento de solicitud de nacionalidad.
¿Qué son las pruebas CCSE y DELE?
Todos los solicitantes de nacionalidad española por residencia deben acreditar:
- Un nivel mínimo de conocimiento del idioma español (DELE A2 o superior), salvo que provengan de países hispanohablantes o hayan estudiado en España.
- Un conocimiento básico del marco constitucional, institucional, cultural y social español (CCSE), obligatorio para todos.
Estas pruebas se incorporaron con la reforma de la Ley de nacionalidad por residencia (Ley 19/2015) y su reglamento de desarrollo (Real Decreto 1004/2015), como parte del principio de integración del solicitante en la sociedad española.
¿Qué es la dispensa de estas pruebas?
La dispensa es una resolución administrativa mediante la cual se exonera al solicitante de realizar, total o parcialmente, uno o ambos exámenes exigidos. Esta medida está pensada para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la nacionalidad, especialmente para personas con dificultades de aprendizaje, discapacidad o en situaciones excepcionales.
La Orden JUS/1625/2016, en su artículo 10, y la instrucción de la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, regulan los supuestos, documentación y procedimiento para solicitarla.
Tipos de dispensa: total y parcial
Existen dos modalidades de dispensa, que se conceden según el grado de dificultad que tenga la persona para enfrentarse a las pruebas:
- Dispensa total: Exime completamente al solicitante de realizar el examen CCSE y/o el examen DELE.
- Dispensa parcial: Permite al solicitante realizar las pruebas con adaptaciones, como en formato oral, con lectura fácil, intérprete de lengua de signos, tiempo ampliado, etc.
El principio de “ajuste razonable” está presente en la normativa española y europea en materia de discapacidad (Ley 15/2022 y Real Decreto Legislativo 1/2013), y es el criterio preferente antes de conceder una dispensa total.
¿Quién puede solicitar la dispensa?
El Ministerio de Justicia puede conceder la dispensa a quienes acrediten alguna de las siguientes situaciones:
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Personas con discapacidad
Las personas con una discapacidad reconocida oficialmente pueden solicitar la dispensa total o parcial. Será imprescindible presentar:
- Informe médico actualizado.
- Certificado oficial de discapacidad expedido por la administración autonómica competente, que indique el grado y tipo de discapacidad.
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Personas analfabetas o con dificultades graves de aprendizaje
Quienes no saben leer ni escribir en ningún idioma, o tienen dificultades severas de aprendizaje que imposibilitan comprender o realizar los exámenes, pueden pedir la dispensa. Deberán aportar:
- Informe de los servicios sociales municipales o autonómicos.
- Certificaciones de centros de alfabetización, si han intentado formarse sin éxito.
- En su caso, informes médicos complementarios.
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Mayores de 70 años
Las personas que hayan cumplido 70 años pueden acceder a una dispensa parcial, especialmente si presentan problemas de salud, memoria o aprendizaje. Aunque la edad por sí sola no basta, sí es un factor de peso cuando se acompaña de documentación acreditativa de estas limitaciones.
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Menores de edad
Los menores de 18 años no están obligados a realizar los exámenes. Basta con que presenten:
- Certificado del centro educativo en el que conste el nivel de conocimiento del español según su edad.
- Informe sobre su integración escolar (asistencia regular, participación familiar, etc.).
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Personas escolarizadas en España
Quienes hayan cursado y superado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en España no necesitan realizar las pruebas del Instituto Cervantes. En estos casos, se considera que el solicitante ya ha demostrado un suficiente grado de integración lingüística, cultural y social en España a través de su formación académica.
Se debe incorporar al expediente de nacionalidad el certificado académico o título oficial que demuestre la superación de la ESO.
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Ciudadanos de países hispanohablantes
No están obligados a presentar el examen DELE quienes provienen de países donde el español es lengua oficial: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Sí deberán realizar, en principio, el examen CCSE, salvo que concurra otro motivo de dispensa.
¿Cuándo y cómo se solicita la dispensa?
La solicitud de dispensa debe resolverse antes de iniciar el procedimiento de nacionalidad. Si se presenta la solicitud de nacionalidad sin haber obtenido aún la resolución de la dispensa, el expediente será archivado de forma automática.
Procedimiento:
- Evaluar la elegibilidad: Verificar si se encuentra en alguno de los supuestos mencionados.
- Reunir documentación: Informes médicos, certificados de discapacidad, títulos académicos, certificados escolares, etc.
- Presentar solicitud al Ministerio de Justicia, de forma presencial o telemática (registro electrónico común), incluyendo el formulario de solicitud de dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes, correctamente cumplimentado, junto con los documentos que acrediten el motivo de la solicitud.
- Esperar resolución: El Ministerio dispone de un plazo de 6 meses para resolver. Si no se pronuncia, se considera desestimada por silencio administrativo.
- En caso de resolución favorable, se podrá:
- Iniciar el procedimiento de nacionalidad si se ha concedido dispensa total.
- Matricularse en las pruebas adaptadas si se ha concedido una dispensa parcial.
¿Qué ocurre si la solicitud de dispensa es rechazada?
En caso de desestimación, el solicitante puede:
- Presentar una nueva solicitud con documentación complementaria.
- Interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en el plazo de un mes.
En conclusión, la normativa española prevé la dispensa de los exámenes CCSE y DELE como un mecanismo de equidad y accesibilidad para la obtención de la nacionalidad por residencia.
Se trata de un procedimiento formal, documentado y exigente, que requiere resolución previa antes de solicitar la nacionalidad.
En definitiva, si crees que puedes acogerte a una dispensa, el primer paso es evaluar tu caso con rigor, recopilar la documentación adecuada y presentar la solicitud correctamente. Contar con el asesoramiento de un abogado especializado en extranjería puede ayudarte a evitar errores y agilizar el proceso hacia la nacionalidad española.
